• martin4715 ha creado el hilo Competencias I.T.Forestal-Catastro en el foro del grupo Logo del grupo CatastroCatastro: hace 13 años, 2 meses

    Hola a todos: Por tener asignaturas en las que se imparten conocimientos de topografía, ¿puede decirse que un I.T.Forestal tiene las mismas competencias que un I.T.Topógrafo para firmar un proyecto, (o cualquier otro documento oficial) de temática topográfica? En caso afirmativo, si un cliente te pide que le hagas un deslinde en una parcela porque [...]

    • Las atribuciones profesionales de los Ingenieros Técnicos (da igual la rama que sea), vienen dadas a día de hoy, por la Ley 12/86, que nos dice que tenemos atribuciones plenas dentro de nuestra especialidad técnica:

      Artículo 2. 1. Corresponden a los Ingenieros técnicos, dentro de su respectiva especialidad, las siguientes atribuciones profesionales:
      a) La redacción y firma de proyectos que tengan por objeto la construcción, reforma,
      reparación, conservación, demolición, fabricación, instalación, montaje o explotación de bienes muebles o inmuebles, en sus respectivos casos, tanto con carácter principal como accesorio, siempre que queden comprendidos por su naturaleza y características en la técnica propia de
      cada titulación.
      b) La dirección de las actividades objeto de los proyectos a que se refiere el apartado anterior, incluso cuando los proyectos hubieren sido elaborados por un tercero.
      c) La realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planes de labores y otros trabajos análogos.
      d) El ejercicio de la docencia en sus diversos grados en los casos y términos previstos en la
      normativa correspondiente y, en particular, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica
      11/1983, de 25 de agosto (RCL 1983\1856), de Reforma Universitaria.
      e) La dirección de toda clase de industrias o explotaciones y el ejercicio, en general respecto de ellas, de las actividades a que se refieren los apartados anteriores.

      Por supuesto que puedes hacer un deslinde de una parcela.

      • Hola a todos de nuevo:

        Muchas gracias por la información. Clara y bien argumentada.

        Con respecto a la segunda parte, ¿sabeis qué cartografía o a qué organismo hay que dirigirse para conseguir una cartografía de referencia que prevalezca sobre las demás en caso de que difieran unas de otras ante un problema de lindes? ¿Catastro, planos Militares, escrituras de propiedad, planos locales del Ayuntamiento…?

        Gracias y un saludo.

        • Hola buenos días,
          con respecto a tú pregunta sobre qué cartografía prevalece en caso de diferir las lindes, a ver si puedo ayudarte. Yo trabajo haciendo deslindes de montes público en Andalucía, así que puedo contarte cómo funciona aquí, por si te sirve.
          Cuando se trate de una linde que llega hasta el término municipal, siempre hay que recurrir a lo que te digan las actas del Instituto Cartográfico (en mi caso el ICA). En cambio, cuando haya problemas con la titularidad de la parcela, por supuesto, hay que ver qué dice el Registro de la propiedad (hay que ver si la finca está o no inscrita, en qué fecha, cuántas inscripciones tiene, si las nscripciones están hechas con buena fe).
          En cuanto al catastro, es meramente indicadito y únicamente te informa de que hay una persona que tiene una parcela concreta a su nombre pero, ojo, eso no da propiedad.

          En difinita, ante la duda, lo que diga el registro de la propiedad.
          Si quierespreguntarme algo más concreto, intentaré ayudarte.
          Un saludo.