El nuevo Catálogo de Especies Exóticas Invasoras.

El Gobierno redacta en estos momentos el nuevo Catálogo de Especies Exóticas Invasoras. Después de que el Catálogo publicado en el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, provocase tanta contestación social e incluso su suspensión cautelar por una sentencia de Tribunal Supremo, tras recurso de varias comunidades autónomas y la Federación Española de Pesca. Tal es la expectativa y el debate técnico, social y económico que ha levantado esta revisión del Catálogo que los responsables de su redacción y preparación en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente han preferido no participar en la sección especial que en este número le dedicamos a esta cuestión.

La comunidad científica internacional está de acuerdo en que las invasiones biológicas es una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo. En el caso de las islas es la primera de las causas. Así que el problema en las Islas Canarias o Baleares puede ser mucho más grave de lo que ya lo está siendo en zonas como el Ebro con el mejillón cebra o el siluro, o la última y más preocupante de ellas en su desembocadura con el caracol manzana. No son los únicos casos, aunque quizás sean los más llamativos y conocidos.

El Convenio de Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, ratificado por España en 1993, es el primero en reflejar esta problemática, y estableció en su artículo 8 la obligación de las Partes Contratantes de impedir la entrada en sus países, de controlar y de erradicar las especies exóticas que pusieran en peligro sus ecosistemas y especies.

La Unión Europea estableció en 2004 su Estrategia Europea de Especies Exóticas Invasoras, además de legislar indirectamente sobre esta cuestión en distintas Directivas como la 2009/147/CE de Aves Silvestres o la Directiva 2008/56/CE, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino, o el Reglamento (CE) n.º 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, que regula la aplicación del Convenio CITES en la Unión Europea, por poner algunos ejemplos.

Lo curioso es que la Unión Europea aún no ha aprobado una Directiva Comunitaria específica para control de especies invasoras. A pesar de ello, España va por delante, consciente de la importancia económica, social y ecológica de estas invasiones. Por eso aprobó un Real Decreto que ahora está cambiando tras la sentencia del Tribunal Supremo que lo anulaba cautelarmente.

Hay varios aspectos en los que todas las partes implicadas están de acuerdo. Uno de ellos es la necesidad de controlar la entrada y evitar la expansión de especies exóticas que perjudiquen a los ecosistemas españoles y que causen graves pérdidas económicas a los productores agrícolas, forestales o pesqueros. La controversia viene en la lista de especies que deben ser eliminadas: ¿qué criterios se pueden seguir para elegirlas, exclusivamente ecológicos, económicos, sociales?; ¿se puede tratar de igual forma, por ejemplo, al mejillón cebra que a determinados clones de olmos o de chopos que cubren las riberas de nuestros ríos?; ¿qué hacer con las especies ya naturalizadas o que forman parte de nuestros ecosistemas, como por ejemplo la trucha arco iris, o el castaño que introdujeron los romanos hace 2.000 años?; ¿dónde se establece la frontera, en una decena de años desde su introducción, en cientos o en miles?; ¿existen recursos para erradicar todas las especies que se consideren exóticas?; ¿qué es más problemática: su presencia en nuestros ecosistemas o su erradicación?; ¿se pueden justificar siempre los daños ambientales asociados a la erradicación de ciertas especies por las ventajas a largo plazo de su eliminación?; ¿se puede tratar igual a todas estas especies en función de su adaptación ecológica o su importancia económica o social?; ¿qué debe primar al considerar a una especie, su valor económico o su daño ecológico?

Todas las partes implicadas están de acuerdo en la necesidad de controlar la entrada y evitar la expansión de especies exóticas que perjudiquen a los ecosistemas españoles y que causen graves pérdidas económicas.
La controversia viene en el listado de especies que deben ser eliminadas El sentido común debe ser la base de las actuaciones, evitando posturas integristas, valorando los impactos indeseados de actuaciones bienintencionadas, y aunando la necesidad de protección y mejora de los ecosistemas con los usos y aprovechamientos tradicionales.

El sentido común debe ser la base de las actuaciones, evitando posturas integristas, valorando los impactos indeseados de actuaciones bienintencionadas, y aunando la necesidad de protección y mejora de los ecosistemas con los usos y aprovechamientos tradicionales.

El sentido común dice que se debe legislar en esta cuestión, que hay que establecer límites y que se precisan objetivos y herramientas que permitan evitar desastres económicos y ecológicos como los que originan algunas de estas especies exóticas. Pero ese mismo sentido común debe ser la base de las actuaciones, evitando posturas integristas, valorando los impactos indeseados de actuaciones bienintencionadas y aunando la necesidad de protección y mejora de los ecosistemas con los usos y aprovechamientos tradicionales. Pensar en erradicar todas las especies que hace determinados años no formaban parte de nuestros ecosistemas es utópico y seguramente es un planteamiento erróneo desde el punto de vista económico e incluso ecológico.

Parece lógico pensar en trabajar con cada especie de forma individualizada, teniendo en cuenta, entre otras cosas, su distribución geográfica, sus usos tradicionales o la importancia ecológica que, pese a su carácter alóctono, puede tener como refugio de fauna, o para controlar la erosión o evitar inundaciones, por ejemplo. Así, una misma especie podría tener un trato distinto en función del lugar o del hábitat en donde se encuentre. Hay numerosos ejemplos de especies cuya presencia ha provocado un gran perjuicio ecológico a otras similares en algunas zonas, pero que en otros lugares han producido todo lo contrario: son magníficas aliadas de la conservación de otras especies. Así que no parece tener sentido cortar por lo sano y eliminar la especie en cuestión allí donde se encuentre, menos aun cuando en algunos lugares puede ser más beneficiosa que perjudicial.

Establecer un Catálogo de Especies Exóticas muy severo puede suponer el hundimiento económico de algunos sectores productivos. Sin embargo, porque una especie sea muy rentable no debería dejar de considerarse invasora, pero sí sería deseable que tuviese una consideración especial en función de distintas variables ya apuntadas.

Por otra parte, si bien es cierto que hay especies que, por su doble condición ecológica y económica, puede provocar dudas su erradicación, no menos cierto es que otras son evidentemente dañinas, su presencia en nuestros ecosistemas es un perjuicio en todos los sentidos.

Nos consta que los responsables de la redacción del borrador del Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, tienen todas estas circunstancias en cuenta y que su intención es la de poner orden y una base legal sobre la que justificar actuaciones que son, en algunos casos, de urgencia. Lo que sucede es que no es fácil redactar un Catálogo que contente a todos los actores sociales y económicos implicados. Pero con flexibilidad en los planteamientos y con imaginación en las soluciones propuestas, siempre basadas en el conocimiento científico y en una evaluación de las repercusiones ambientales de las actuaciones, se pueden solucionar gran parte de las dudas que provocan determinadas especies exóticas.

Esa flexibilidad deben tenerla no solo los redactores del borrador de la norma sino todos los sectores implicados.

Con flexibilidad en los planteamientos y con imaginación en las soluciones, siempre basadas en el conocimiento científico y en una evaluación de las repercusiones ambientales de las actuaciones, se pueden solucionar gran parte de las dudas que provocan determinadas especies exóticas.

Artículo completo con fotografías (páginas de la revista) “Editorial: El nuevo Catálogo de Especies Exóticas Invasoras.”
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