Peritaciones de daños ocasionados por la fauna silvestre a la ganadería en el País Vasco.

Mario Sáenz de Buruaga Tomillo, Licenciado en Biología.
Miguel Ángel Campos Marcos, Licenciado en Biología.
Felipe Canales Basabe, Ingeniero Técnico Forestal.
Nieves Navamuel Muñoz, Ingeniera Técnica Forestal.

Se describe en este artículo el sistema de inspección y compensación de daños ocasionados por la fauna silvestre a la ganadería en el País Vasco, básicamente por dos especies: Lobo (Canis lupus) y Buitre leonado (Gyps fulvus). El trabajo ha sido desarrollado por técnicos de Consultora de Recursos Naturales, S.L. (CRN) a través de varias asistencias técnicas promovidas por departamentos de la Diputación Foral de Álaba/Araba y la Diputación Foral de Vizcaya/Bizkaia. Guipúzcoa/Gipuzkoa no forma parte del área de distribución actual del lobo, y las escasas reclamaciones de buitre son inspeccionadas directamente por guardas de la Diputación Foral.

ANTECEDENTES
Tras la reaparición del lobo en tierras vascas a finales de los años 80 procedente de las poblaciones asentadas en Burgos y Cantabria, comienza a ocasionar daños sobre rebaños desprotegidos tras décadas de ausencia de la especie, lo que genera un clima de alarma y conflictividad social. Se puede decir que el primer peritaje conocido en que se apunta a la especie como posible causante del daño es realizado por un guarda en Vizcaya/Bizkaia en 1986 en los Montes de Ordunte (el informe está firmado por D. Juan Luis Díez de Mena, precisamente en el límite con el burgalés valle de Mena).

No es hasta los años 1992-94 cuando se realiza el primer estudio de la especie en el País Vasco (Sáenz de Buruaga et al., 1994) y cuando comienzan a recabarse estadísticas oficiales de ataques al ganado protagonizados por la especie en el occidente de Álava/Araba y occidente de Vizcaya/Bizkaia. En Guipúzcoa/Gipuzkoa, el lobo también ha hecho sus incursiones, muy esporádicas, por ejemplo en Aralar en 1996 (Sáenz de Buruaga et al., 2000).

Desde el occidente vasco, el área de distribución del cánido ha alcanzado algunos años el macizo del Gorbeia, y su situación poblacional es hoy variable entre las 2 y 4 manadas reproductoras, cuyas áreas de campeo se encuentran compartidas con la provincia de Burgos; en el caso de una de ellas, asentada en la raya con Burgos y Cantabria (Sáenz de Buruaga et al., 2006a, 2009). El servicio de peritajes (así como la indemnización de daños) se torna ya oficial y sistemático a finales de 1999, y no es hasta el año 2000 cuando se cuenta con la primera serie anual completa de peritajes de daños a la ganadería en el Territorio Histórico de Álava/Araba. En Vizcaya/Bizkaia, sin embargo, aunque se dispone también de información previa, es en 2002 cuando se instaura el servicio de peritación de daños de lobo al ganado para su indemnización, siendo 2003 el primer año con información completa.

Por su parte, las presuntas depredaciones protagonizadas por buitres leonados al ganado no son nuevas; ya comenzaron a ser noticia en Navarra a principios de los años 90. De hecho, este equipo técnico redactó un primer informe en 1997 sobre presuntos sucesos que comenzaban a ser denunciados en Vizcaya/Bizkaia. Desde entonces se han realizado varios estudios sobre la temática en la CAPV (Sáenz de Buruaga et al., 2006b, 2007, 2008).

El gran crecimiento demográfico experimentado en las últimas décadas de las poblaciones de buitres en todo el norte peninsular, unido a cambios en el manejo ganadero –más cabezas por explotación y, más recientemente, cambios en la gestión de las reses muertas, políticas posteriores al mal de las vacas locas atenuadas en los últimos tiempos- se tornan como causas del incremento de la conflictividad en el binomio ganadería-buitres, siempre necesario por otra parte.

Se hicieron cada vez más frecuentes los casos en que el consumo de las reses por parte de las necrófagas se iniciaba antes de la muerte de aquellas y, en consecuencia, las administraciones implicadas pusieron a punto un servicio de inspecciones de avisos por presuntos ataques que se inició de manera oficial en Álava/Araba en el año 2003, cuando se promulga un Decreto Foral para compensar estos daños. En 2006 comienzan a realizarse peritaciones también en Vizcaya/Bizkaia, si bien no es hasta 2008 cuando comienzan a indemnizarse parte de estos hechos en esta provincia.

NORMATIVA
El lobo (Canis lupus) en el País Vasco no se considera una especie cazable pero está sometida a control poblacional para minimizar los daños al ganado. Por su parte, como todas las especies de aves rapaces, el buitre leonado (Gyps fulvus) está protegida en toda su área de distribución ibérica.

En el apartado anterior se describieron los años de inicio de las compensaciones por daños que hacen necesario el servicio de peritajes desempeñado. En la Tabla 1 se expone la normativa de origen y la aplicada actualmente.

Se recogen a continuación varios párrafos extraídos del objeto o preámbulo de algunos de estos Decretos Forales, en los que se justifica esa necesidad de compensación:

DECRETO FORAL 61/2008 (Álava/Araba):
“En algunas zonas de Álava se viene constatando desde hace varios años la presencia de ejemplares de lobo ibérico (Canis lupus signatus) que están causando importantes daños al sector ganadero alavés, tanto por las pérdidas de reses muertas o heridas como por otros perjuicios socioeconómicos que atañen a dicho sector”.
“Independientemente de las medidas aprobadas para el control de dicha especie, que no son objeto de esta norma, la Diputación Foral de Álava viene estableciendo mecanismos de solidaridad social con los afectados mediante la concesión de indemnizaciones reguladas hasta ahora por el Decreto Foral 40/2004, de 25 de mayo, regulación que es preciso actualizar mediante la adopción de una nueva disposición foral.”

DECRETO FORAL 90/2008 (Álava/Araba):
“El buitre es una especie necrófaga y sólo en ocasiones perentorias de necesidad alimenticia parece haber atacado a animales aislados moribundos o debilitados que presentaban aparentes pérdidas de sangre, por lo general en momentos inmediatamente posteriores al parto”.
“De acuerdo con los principios que inspiran la responsabilidad administrativa, y ya que no se trata de lesiones que sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, debería ser la Administración competente para declarar una especie amenazada quien asumiera las indemnizaciones correspondientes a las lesiones que causare la especie declarada.”
“Sin embargo, ante la situación de inquietud que sucesos esporádicos de ataque de buitres producen en los propietarios de ganado en Álava, la Diputación Foral considera oportuno, aunque sea temporalmente hasta que se produzca una situación de justicia indemnizatoria por parte del Órgano competente para declarar esta especie amenazada, subvenir a esta situación singular asumiendo una indemnización que, como se ha dicho, mitigue el posible daño causado. Se debe de tener en cuenta también, de acuerdo con los principios que inspiran la responsabilidad administrativa, a la hora de regular esta indemnización, la tácita asunción del riesgo que supone la no retirada del ganado en circunstancias de riesgo, como son el parto complicado o la enfermedad.
“Por otra parte, debe de reconocerse el valor que la ganadería extensiva bien manejada, conlleva en la conservación de los pastizales y hábitats de interés comunitario, por los que ciertos montes de Álava han sido incluidos como Lugares de Importancia Comunitaria LIC, de la Red Natura 2000.”

DECRETO FORAL 88/2011 (Vizcaya/Bizkaia):
“El buitre leonado (Gyps fulvus) es una especie incluida en el Anexo I de la Directiva 79/409/ CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a Conservación de las Aves Silvestres, y por el Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, se incluyó en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. En el País Vasco fue declarada de Interés Especial por el Decreto 167/1996. Se trata de una especie necrófaga y sólo en ocasiones extremas parece atacar a animales aislados moribundos o debilitados, por lo general en momentos inmediatamente posteriores al parto.”
“…ante los eventuales daños que los buitres puedan causar al ganado doméstico, procede regular la indemnización que palie por parte de la Diputación Foral de Bizkaia el posible daño causado”.
“El presente Decreto Foral tiene por objeto […] establecer mecanismos de concesión de ayudas a los/las ganaderos/as que sufran daños por ataques del lobo y buitre”.

CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
El procedimiento seguido para recopilar la información es el mismo desde hace 13 años (en 1999 se inició en Álava/Araba este tipo de certificaciones de daños de fauna silvestre al ganado): cuando un ganadero sospecha que sus reses han sido atacadas por el lobo o por buitres avisa telefónicamente del suceso. Por regla general, en Álava/Araba lo hace directamente al equipo de CRN y, en menos casos, a la Diputación Foral de Álava/Araba (DFA) o al CECO de Miñones. En Vizcaya/Bizkaia los avisos suelen ser casi siempre transmitidos al Departamento de Agricultura de la Diputación Foral de Vizcaya/Bizkaia (DFB) a través de la Base de comunicaciones (Base Gorria). Las características básicas del servicio se exponen en la Tabla 2.

Una vez el equipo técnico de CRN recibe el aviso, directamente del ganadero o del CECO de Miñones o de Base Gorria, los técnicos conciertan la visita con la persona afectada y se personan a la mayor brevedad posible en el lugar de los hechos (normalmente en un intervalo de tiempo que no suele dilatarse más allá de dos horas desde el momento de recibir la información o contactar con el ganadero).

La disponibilidad de técnicos cualificados y la agilidad del procedimiento establecido hacen que en la práctica resulte imposible que ningún suceso que haya sido comunicado por los propietarios quede sin rápida asistencia pericial (al menos uno de los técnicos se encuentra localizable y en condiciones de acudir a cualquier punto de la geografía alavesa y vizcaína durante las 24 horas del día, 365 días al año).

Se inspeccionan las reses afectadas o sus restos, examinando las heridas o manipulando en su caso los cadáveres con el fin de hallar traumatismos, etc.; el patrón de lesiones y, en su caso, de consumo, así como el análisis en el campo de los indicios existentes, permite, en la mayor parte de los casos, emitir un diagnostico de la autoría específica del daño ocasionado.

Se recaba también la información trasmitida por los ganaderos afectados o testigos del suceso, cuya versión de los hechos debe ser siembre considerada. En el caso de Vizcaya/Bizkaia, en la mayor parte de las inspecciones se persona también en el lugar un guarda de la Diputación Foral.

EVOLUCIÓN DEL NÚMERO DE PERITACIONES REALIZADAS
En total, desde 1999 hasta 2011 este equipo técnico ha inspeccionado cerca de 1.800 casos en los que ganaderos informaron de que sus rebaños habían sufrido daños ocasionados en principio por lobos o buitres (más de 1.350 expedientes en Álava/Araba y más de 400 en Vizcaya/Bizkaia). Por su parte, la guardería de Guipúzcoa/Gipuzkoa ha recabado información de cerca de 50 reclamaciones de buitre en dicha provincia.

Desde que se iniciara cada servicio de peritaje se ha procedido a la inspección de una media anual de 100 daños de lobo y 50 de buitre. El máximo de inspecciones de ‘lobo’ se realizó en 2007 (141), y de ‘buitre’, en 2008 (119); en este último año, además, añadiendo los 110 expedientes de ‘lobo’ se alcanza la cifra de 229 peritajes realizados.

Desde entonces, las denuncias por ataques de lobo inspeccionadas se han reducido progresivamente hasta los 34 casos analizados en 2011. Mientras, el servicio sobre avisos por ataque de buitre se ha mantenido invariable en los últimos tres años: 74 o 75 casos por año en 2009, 2010 y 2011.

Las visitas periciales de ‘lobo’ se suelen cursar en áreas de su distribución potencial (occidente vasco), es decir, no se reciben habitualmente avisos por daños de cánidos de zonas en las que no es habitual su presencia. Igualmente, los ganaderos de áreas loberas no suelen dar aviso de ataques cuando saben que la especie causante es ‘perro’ (en este caso el sistema pericial e indemnizatorio sigue otros cauces). Todo ello explica que la mayor parte de los peritajes que realiza CRN tenga al lobo como especie causante.

En cambio, el servicio de peritajes por ‘buitre’ se desempeña por toda la extensión de Álava/Araba y Vizcaya/Bizkaia, existiendo, eso sí, zonas más conflictivas por presentar mayor carga ganadera extensiva y ser más frecuentadas por las carroñeras.

Se expone a continuación (Gráficos 1 y 2) la información acerca de la evolución del número de peritaciones realizadas con cargo a las cuatro asistencias técnicas promovidas por las administraciones implicadas. Se observa cómo a partir de 2008 los peritajes de ‘buitre’ superan el número de los del servicio lobo.

Debe aclararse que el número de peritajes no tiene por qué corresponderse con el número de expedientes tramitados por la Administración en cada caso y cada año, aunque es necesariamente muy similar; y esto porque bajo un mismo expediente pueden recogerse  varios servicios de peritación (por ejemplo, sucesos consecutivos de daños a una misma explotación ganadera).

No todos los diagnósticos de autoría pudieron ser concluyentes y, evidentemente, ni en todos los casos de denuncia por ataque de lobo se asignó a Canis lupus como especie causante, ni en todas las peritaciones por ataque de buitres se determinó que ejemplares  de Gyps fulvus hubieran podido participar en la muerte de la res. Cada año, una fracción variable de los avisos atendidos ha concluido con un diagnóstico diferente: ataques de perros, zorros, incluso córvidos, traumatismos de origen no relacionado con depredaciones o, incluso, reses que han muerto por causas naturales (problemas derivados de partos problemáticos, enfermedades, intoxicaciones, etc.) y que luego han podido ser carroñeadas por
cánidos o aves necrófagas.

En todo caso, no pretende este artículo analizar el número de reses afectadas ni el diagnóstico de la autoría de los daños ni su valoración económica. Lo que se persigue en esta exposición es describir la existencia y funcionamiento de este importante servicio de asistencia al ganadero en caso de presuntos ataques por lobo o buitre. Es un servicio puesto en marcha por la DFA y la DFB con el fin, entre otros, de obtener estadísticas fiables de estos sucesos, así como, en su caso, con el objeto de cursar las tramitaciones oportunas de indemnización.

AGRADECIMIENTOS
El equipo técnico de CRN agradece a las DFA y DFB el interés mostrado en estas asistencias técnicas, siempre un trabajo de gran repercusión social.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

- SÁENZ DE BURUAGA, M.; ONRUBIA, A.; CAMPOS, M.A.; LUCIO, A.J. y PURROY, F.J. (CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L.). 1994. El lobo en Euskadi. Departamentos de Agricultura de Gobierno Vasco y de las Diputaciones Forales de Álava y Bizkaia. Vitoria- Gasteiz. Informe Inédito. 318 pp.
- SÁENZ DE BURUAGA, M.; CAMPOS, M.A.; ARBERAS, E. y ONRUBIA, A. 2000. Últimos datos sobre el lobo (Canis lupus) en el País Vasco y Navarra. Galemys 12 (n.º especial): 149-162.
- SÁENZ DE BURUAGA, M.; CAMPOS, M.A.; CANALES, F.; ARBERAS, E. y ONRUBIA, A. (CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L.). 2006a. Seguimiento y gestión del lobo (Canis lupus) en el País Vasco. Gobierno Vasco y Diputaciones Forales de Bizkaia y Álava. Informe Inédito. 307 pp + anexo cartográfico.
- SÁENZ DE BURUAGA, M.; ONRUBIA, A.; CAMPOS, M.A. y CANALES, F. (CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L.). 2006b. Situación del Buitre leonado (Gyps fulvus) en el occidente de Bizkaia. Departamento de Agricultura. Diputación Foral de Bizkaia. Informe inédito. 54 pp.
- SÁENZ DE BURUAGA, M.; CAMPOS, M.A. y CANALES, F. (CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L.). 2007. Seguimiento de la actividad del Buitre Leonado (Gyps fulvus) en Karrantza (Bizkaia). Departamento de Agricultura. Diputación Foral de Bizkaia. Informe inédito. 110 pp.
- SÁENZ DE BURUAGA, M.; CAMPOS, M.A. y CANALES, F. (CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L.). 2008. El Buitre leonado (Gyps fulvus) en Álava. Análisis de su situación demográfica, fuentes de alimento y el conflicto con la ganadería. Departamento de Medio Ambiente de Diputación foral de Álava. 78 pp.
- SÁENZ DE BURUAGA, M.; CAMPOS, M.A. y CANALES, F. (CONSULTORA DE RECURSOS NATURALES, S.L.). 2009. Bases para la elaboración del Plan de Gestión del Lobo (Canis lupus) en Álava. Informe Inédito para el Departamento de Medio Ambiente de Diputación foral de Álava.

 

Artículo completo con fotografías (páginas de la revista) “Gestión Forestal: Peritaciones de daños ocasionados por la fauna silvestre a la ganadería en el País Vasco”
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