Flora protegida en la Comunidad de Madrid.
José Lara Zabía, Jefe de Área de Conservación de Flora y Fauna, Comunidad de Madrid.
Jesús Montoro Louvier, Jefe de Sección de Especies Protegidas, Comunidad de Madrid.
David Mingot Martín, Ingeniero de Montes.
RESUMEN.
La Comunidad de Madrid a través de sus competencias recoge y protege en su Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres 95 táxones de flora y 257 árboles singulares; de aquellas, tres también aparecen en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. La Ley 2/1991 y el Decreto 18/1992 son las principales normas autonómicas que regulan la protección de la Flora. Entre la flora protegida, un 20 % de especies son árboles, un 12,6 % son arbustos y un 67,4 % son especies pertenecientes a otros estratos de vegetación, por lo que se encuentran representados todos los pisos bioclimáticos y la mayoría de los ecosistemas presentes en la Comunidad de Madrid.
MARCO NORMATIVO AUTONÓMICO DE PROTECCIÓN DE LA FLORA.
La Ley autonómica 2/1991, para la Protección y Regulación de la Fauna y Flora Silvestre en la Comunidad de Madrid, establece los principios generales de protección de las especies de fauna y flora presentes en la región y define cuatro categorías para las especies presentes en el Catálogo Regional:
a) En peligro de extinción, reservada para aquellas especies cuya supervivencia es poco probable si los factores causantes de su actual situación siguen actuando.
b) Sensibles a la alteración de su hábitat, especies cuyo hábitat característico está par ticularmente amenazado, en grave regresión, fraccionado o muy limitado.
c) Vulnerables, destinada a proteger aquellas especies de flora que corren el riesgo de pasar a las categorías anteriores en un futuro inmediato si los factores adversos que actúan sobre ellas no son corregidos.
d) De interés especial, en la que se incluyen las que sin estar contempladas en ninguna de las precedentes, son merecedoras de una atención particular en función de su valor científico, ecológico, cultural o por su singularidad.
Asimismo, se marcan las prohibiciones, limitaciones de aprovechamiento de la vegetación y las infracciones y sanciones correspondientes. Con respecto a la flora, es especialmente significativo lo expresado en el artículo 33.1:
“La protección de las especies vegetales en los lugares naturales del territorio de la Comunidad de Madrid implica lo siguiente:
a) La prohibición de llevar a cabo el arranque, recogida, corte y desraizamiento, así como el corte de sus ramas y la recolección de flores, frutos y semillas.
b) La prohibición de llevar a cabo cualquier actuación que pueda producir el deterioro de las plantas protegidas”.
Para las especies protegidas incluidas en las categorías de “en peligro de extinción” o “sensible a la alteración de su hábitat” tienen además otras prohibiciones genéricas:
“Tratándose de plantas, la de cualquier actuación no autorizada que se lleva a cabo con el propósito de destruirlas, mutilarlas, cortarlas o arrancarlas, así como la recolección de sus semillas, polen o esporas, y, en general, la destrucción de su hábitat.”
Como consecuencia de la anterior Ley, se publicó el Decreto 18/1992, por el que se aprueba el Catálogo Regional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres y se crea la categoría de árboles singulares. En su anexo único se determinan las especies protegidas de flora según las categorías de protección anteriormente mencionadas, enumerándose también los árboles singulares objeto de protección.
ANÁLISIS DE LA FLORA PROTEGIDA EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
La distribución de los 95 táxones de vegetación recogidos en el Catálogo Regional según estratos y tipos de vegetación es la siguiente:
Ateniéndonos a la clasificación general de los principales grupos vegetales, la tabla anterior se resumiría de la siguiente forma:
Respecto a las familias botánicas más representadas, la más abundante con diferencia es la de las Rosáceas, seguida de las Liliáceas, Fagáceas, Potemogetonáceas, Ciperáceas y Juncáceas.
Los cuatro pisos bioclimáticos mediterráneos presentes en la región (pisos crioromediterráneo, oromediterráneo, supramediterráneo y mesomediterráneo) (Rivas Martínez, 1987) están representados por las distintas especies de flora recogidas en el Catálogo Regional.
Asimismo están representados muchos de los distintos ecosistemas madrileños: melojares, hayedos, piornales, pinares, encinares, sotos, riberas, ríos, embalses y saladares.
De todas las especies que figuran en este catálogo, quince de ellas se consideran endemismos ibéricos. La especie endémica con una distribución más restringida en la Comunidad de Madrid es el geranio de El Paular (Erodium paularense), ya que las únicas poblaciones que se conocen en la Comunidad se encuentran en el valle del Lozoya, a 1.100 metros de altitud.
Otras especies escasas y raras incluidas en el Catálogo son la azucena silvestre (Lilium martagon), el trébol de agua (Menyanthes trifoliata) y Euphorbia broteroi.
Como curiosidades, se pueden destacar el nido de pájaro (Neottia nidusavis), una orquídea bulbosa, especial por sus características saprofitas, y Utricularia minor, lentibulariácea acuática o subacuática perenne que presenta en sus tallos pequeñas trampas (utrículos), los cuales le facilitan la captura de pequeños organismos.
Otro detalle a destacar es la presencia en el Catálogo de varias especies venenosas -que pueden resultar mor tales-, como el tejo (Taxus baccata) y el acónito (Aconitum napellus). Los tejos se pueden encontrar en zonas umbrías y cubier tas en los montes madrileños; también están plantados en numerosos parques y jardines. El acónito se localiza en bosques y sitios frescos de montaña y también como ornamental en algunos jardines. Esta especie, de la familia de las Ranunculáceas, se considera la planta con semilla más tóxica de España (García Rollán, 1986).
LOS ÁRBOLES SINGULARES DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En el Decreto 18/1992, dentro del anexo de flora protegida existe un anexo específico para los árboles singulares (anexo E). En el mismo se hace una lista de los ejemplares arbóreos singulares merecedores de protección. Tras varias actualizaciones del mismo, el número de árboles incluidos en la actualidad es de 257 ejemplares.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS -Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas |
Artículo completo con fotografías (páginas de la revista) “Especies Protegidas: Flora protegida en la Comunidad de Madrid.” |