Ordenación de montes de la Comunidad de Madrid.

Pablo Sanjuanbenito García, Jefe del Área de Desarrollo del Plan Forestal de la Comunidad de Madrid.

La planificación es un requisito previo a cualquier tipo de acción a todas las escalas. Para realizar una  gestión forestal sostenible, uno de  los requisitos básicos es disponer una planificación en la que se haga inventario de lo que se tiene, se determine, de una forma consensuada, lo que se quiere y se planifique a medio plazo cómo conseguirlo. En ningún caso la planificación es un capricho del gestor sino un requisito básico para la acción.

POR QUÉ ORDENAR UN MONTE.
Para asegurar la sostenibilidad de la gestión forestal es necesario, ante todo, conocer adecuadamente los recursos, los bienes y servicios, los usos y las funciones que presentan los sistemas forestales, su historia y las vicisitudes recientes de su gestión, así como la repercusión de las actividades en su entorno socioeconómico y cultural. Sobre la base de estos conocimientos se establecerán los usos potenciales y actuales, armonizados y jerarquizados, y se declararán unos objetivos a lograr con la gestión forestal y -de acuerdo con las capacidades de los sistemas forestales para producir bienes, soportar adecuados niveles de uso y proporcionar servicios- se establecerá una programación de los aprovechamientos y actuaciones que dará satisfacción a los objetivos fijados. Como el Plan Forestal Español establece, “Ordenar un monte implica fijar unos objetivos y definir las acciones necesarias para su consecución (planificación), ejecutar lo planificado (gestión) y evaluar el grado de cumplimiento de lo realizado (control)”.

En este mismo sentido, la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid,  establece entre sus objetivos (artículo 2.1.b) “Utilizar ordenadamente los recursos de los montes garantizando su persistencia, el aprovechamiento sostenido de las especies y de los ecosistemas así como su restauración y mejora”, para lo que la Comunidad de Madrid podrá ejercer, entre otras acciones, (artículo 2.2.a) la “ordenación y planificación de los recursos forestales regulando su uso y aprovechamiento en razón del grado de protección que sea necesario para la conservación de la cubierta vegetal”. Más adelante, la Ley, en su Título VII, “De uso y gestión de los montes y aprovechamiento de sus recursos”, Capítulo I, “Utilización de los montes y aprovechamiento de sus recursos”, establece, al amparo del artículo 74.2 (“Los recursos forestales se utilizarán, de acuerdo con el principio de aprovechamiento sostenible, de manera que se asegure su conservación y mejora”), que los instrumentos para lograr una mejor gestión de los usos múltiples de los montes serán “los proyectos de ordenación, específicos para cada monte, que tendrán como principal finalidad la planificación, territorial y temporal, de la utilización de los montes y del aprovechamiento de los recursos que generan, en la forma que mejor garantice el principio de persistencia de los recursos, la asignación racional de los usos y el cumplimiento de las funciones de los montes en su grado máximo de utilidad”.

La Ley de Montes, en su artículo 33, establece taxativamente que los montes públicos deberán contar con un instrumento de gestión (plan de ordenación, plan técnico, etc.), mientras que la obligatoriedad en los privados queda atribuida a la normativa autonómica. En la Comunidad de Madrid, el Decreto Autonómico 111/1988, de 27 de octubre (publicado en el BOCM el 14 de noviembre de 1988), que regula las cortas en los tallares de encina y rebollo, dice en su artículo 2, “en fincas particulares de extensión comprendida entre 20 y 100 hectáreas no se autorizarán cortas sin la presentación de un Plan Técnico … y en las fincas de mayor extensión y en la totalidad de los montes públicos se exigirá proyecto de ordenación”. Aparte de la ya discutida obsolescencia de este decreto, nos da la clave a la respuesta de por qué ordenar: porque es obligatorio.

CÓMO DEBE SER LA ORDENACIÓN DE UN MONTE.
Ese es otro asunto muy diferente. A menudo encontramos en los armarios de nuestras administraciones públicas proyectos de ordenación que nacieron para no ser ejecutados. Las razones de este abandono del recién alumbrado proyecto han podido ser diversas. Hay proyectos que se hicieron para dar gloria a su redactor, que volcaba en ellos toda su erudición, planteando los sistemas de planificación más avanzados procurando que en su definición apareciesen impronunciables vocablos en alemán que dejaban boquiabierto al receptor y gestor del monte. Este, ante la incomprensión de lo que le habían entregado y con el temor de demostrar su ignorancia al ilustre ingeniero redactor, callaba y recluía el incomprensible proyecto en el armario en el que todavía se encuentra. Otros proyectos eran redactados con mayor sencillez pero sin que el gestor del monte participase en su origen. Una vez entregados, reflejaban una ordenación cuyos objetivos no eran compartidos por el gestor, que lo colocaba junto a la anterior e incomprensible ordenación. Por último, los ha habido en los que coincidía lo que quería el gestor con lo que redactaba el técnico y con lo que necesitaba el monte: ¡albricias! Pero en este caso no contaban con la intención del político, que, ante la ejecución de una corta preparatoria solo veía que lo que se preparaba era una manifestación vecinal de sensibles ciudadanos contrarios a las “talas indiscriminadas”. Por lo que, tras varios intentos por parte del gestor de hacer lo que el monte requería, el proyecto, por el que se alegró en su aprobación, era depositado con cariño y cuidado junto a los que también habían sido incomprendidos.

Toda esta triste historieta se ha repetido muchas veces, en algunos sitios más que en otros, y seguro que el lector podría añadir muchos ejemplos a esta casuística. Por eso una ordenación debe ser:
— Sencilla.- Cuanto más sencilla sea es más probable es que se ejecute.
— Consensuada.- Debe ser impulsada por el gestor del monte que tenga necesidad de un instrumento de gestión para actuar en el monte. Debe ser redactada por él mismo, y si lo es por terceros, debe ser en prefecta coordinación con el gestor. Debe ser discutida con la propiedad y con otros sectores económicos y sociales implicados en su uso y disfrute.
— Necesaria.- Debe responder a unas demandas básicas de la sociedad y plantear objetivos acordes con las planificaciones establecidas a escalas superiores: Planes forestales comarcales, regionales, etc. Esta planificación de mayor escala debe ser comprendida, aceptada e incluso impulsada por el estamento político de la administración correspondiente.
— Multifuncional.- Ha de comprender toda la gama de actuaciones que se desarrollarán en el monte sin centrarse en una y obviar las otras.
— Viable técnica y económicamente.- En la práctica, muchas ordenaciones no se llegan a ejecutar porque dependen en gran medida de la disponibilidad técnica y presupuestaria de la Administración, la cual en ocasiones no dispone de los técnicos suficientes para hacer el seguimiento y control necesario para impulsar la ejecución de las ordenaciones. En otras ocasiones, la restricción de métodos de aprovechamiento en aras de reducir el impacto paisajístico de las actuaciones hace que estas se encarezcan de tal modo que dependan única y exclusivamente del presupuesto de la Administración. En estos casos nos encontramos con un reto que transciende a la ordenación. La búsqueda de nuevos métodos administrativos para disponer de los recursos humanos, técnicos y económicos para impulsar la ejecución de las ordenaciones debe ser un objetivo a corto plazo para las administraciones gestoras de los montes.
— Divulgada.- Una ordenación no deja de ser un planteamiento de gestión sostenible que el gestor hace sobre un territorio. Si el monte es público, ni el gestor es su propietario ni lo es de la ordenación. Una de las funciones de esa planificación es la dedivulgar el planteamiento de gestión a la sociedad. Debe ser, por tanto, accesible.

LAS ORDENACIONES DE MONTES EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
Desde el año 2000, en el que en el Plan Forestal se planteó la inmediata ordenación de los montes madrileños, se lleva trabajando en los mismos, y se ha avanzado de una forma muy notable durante este periodo. Este plan forestal dedica su programa G a la Ordenación y fomento del aprovechamiento múltiple, racional y sostenible de los recursos forestales, y establece como objetivos principales:
— Determinación del tipo de gestión forestal más adecuado para cada monte.
— Determinación del papel de la gestión forestal en el desarrollo rural.
— Definición del papel de los montes ordenados como marco natural de uso social y cultural.
— Armonizar las demandas sociales (productos forestales, recreo) con la conservación de los ecosistemas forestales.
— Proponer medidas administrativas para una mejor gestión forestal.

La principal actuación de este programa es la ordenación, en el periodo 2000-2006, de todos los montes cuya gestión dependa de la Comunidad de Madrid y que no estén ordenados o cuyas ordenaciones se encuentren caducadas, así como la ejecución de estas ordenaciones y su revisión en plazo en el resto del periodo de ejecución del plan. En el caso de los montes privados, se fomenta su ordenación mediante ayudas y asistencia técnica a los propietarios.

Con la perspectiva que da llevar más de diez años de ejecución del plan forestal, una primera conclusión de su evaluación en lo que respecta a los objetivos planteados es que el periodo asignado para alcanzar el objetivo ha sido insuficiente. Dada la superficie con una planificación vigente en el año 2000, inferior al 10 %, tener todo ordenado en seis años era un objetivo demasiado ambicioso. Lo cierto es que desde la aprobación del plan se ha impulsado la planificación de los montes. En el año 2005, la superficie pública con planificación vigente alcanzaba las 27.001 hectáreas, un 28,68 % de total. En 2010, esta cifra llegaba a las 53.878,54 hectáreas, lo que supone un 57,24 %. En redacción o pendientes de aprobación se encuentran otras 12.000 hectáreas públicas. Para la ordenación de los montes gestionados por la Comunidad de Madrid se han aprobado en 2010 unas instrucciones de ordenación que, con el tiempo, se harán extensivas al resto de terrenos forestales.

Uno de los avances más significativos en la planificación forestal es el que se ha realizado en los montes de propiedad y gestión privada. A través del fomento de la planificación en las convocatorias anuales de ayuda para la mejora y repoblación de las fincas privadas (las bases reguladoras y la última convocatoria están publicadas en el BOCM de 12 de noviembre de 2010) se ha ordenado una considerable superficie en la región. Estas ayudas incluyen, dentro de las actuaciones subvencionadas, la redacción de proyectos de ordenación y planes técnicos, y se establecen para los proyectos de ordenación unos importes de:
C1.1) Gastos de redacción de Proyectos de Ordenación y sus Revisiones: El importe de la subvención ascenderá a la cantidad que figura en el siguiente cuadro, en función de la superficie del monte a ordenar: (tabla en el pdf)
C1.2) Gastos de redacción de Planes Técnicos de Gestión y sus Revisiones: El importe de la subvención ascenderá hasta el 100 por ciento del coste de dichos planes técnicos, con el límite que figura en el siguiente cuadro, en función de la superficie del monte a ordenar: (tabla en el pdf)

Por otro lado, en la base decimoquinta de las que regulan la línea de subvenciones se prima, a la hora de competir por la subvención, la redacción de los proyectos y la ejecución de actuaciones contemplados en ellos si es que ya tienen una herramienta de planificación aprobada.
a) Las solicitudes que contemplen la redacción de proyectos de ordenación de montes, hasta un máximo de 20 puntos, y las revisiones de proyectos de ordenación de montes, hasta un máximo de 12 puntos. Todos ellos cuantificados a razón de 0,02 puntos por hectárea.
b) Las solicitudes referidas a mejoras contenidas en proyectos de ordenación aprobados y vigentes se valorarán con 6 puntos.
c) La redacción de planes técnicos de montes y de proyectos de ordenación de pastos, hasta un máximo de 3 puntos, cuantificados a razón de 0,02 puntos por hectárea.

De esta forma se ha conseguido que la media de hectáreas ordenadas por año sea de más de 3.200, superando en algunos años las que se ordenan en los montes públicos. Actualmente, la superficie privada con una planificación forestal vigente alcanza las 32.300 hectáreas.

HACER PARTÍCIPES DE LA PLANIFICACIÓN A LOS CIUDADANOS.
Al esfuerzo cuantitativo evaluado en hectáreas o en porcentaje de superficie ordenada hay que añadir un importante esfuerzo cualitativo, cual es sacar la ordenación de los montes de su aspecto meramente técnico y administrativo para hacérsela llegar a los ciudadanos. Se han acometido diversas actuaciones dirigidas en el ámbito de la participación y la divulgación de la planificación forestal que se detallan a continuación.

Participación Ciudadana en la Gestión Forestal.
Paralelamente a la redacción de los proyectos de ordenación forestal de los montes de la Comarca XIV (Manzanares el Real, Soto del Real y Miraflores de la Sierra), se consideró beneficiosa la apertura de un proceso de participación ciudadana que garantizase la escucha de los intereses y demandas de la población de los tres municipios.

El objetivo de este proceso participativo fue orientar la planificación de los recursos naturales existentes en el territorio de cara a asegurar su permanencia, así como el rendimiento sostenido y la compatibilidad de sus distintas utilidades, contando con las opiniones y sugerencias de sus habitantes, verdaderos protagonistas de su estado actual y también de su futuro.

En el proceso han participado diferentes sectores de interés:

La base central de este proceso de participación se ha basado en la convocatoria de una serie de mesas de debate articuladas en dos momentos:
— septiembre-diciembre 2007: fase de análisis y diagnóstico del escenario forestal.
— enero-mayo 2008: fase de recogida de propuestas y debate de las directrices generales de las ordenaciones.

Una vez incorporadas las propuestas por los técnicos encargados de la ordenación de cada monte, se busca difundir sus conclusiones a través de un cuaderno divulgativo destinado a toda la población local y visitante de los tres municipios.

Divulgación.
Una vez redactadas y aprobadas las ordenaciones de los montes de utilidad pública de una determinada comarca forestal, se ha procedido a divulgar su contenido entre la población local. Y se ha hecho como lo que en realidad es un proyecto de ordenación del monte, una propuesta de gestión forestal sostenible para dicho monte o grupo de montes.

Esta divulgación se ha orientado tanto a la población local como a la visitante, y se ha materializado en la publicación de una serie de cuadernos y trípticos específicos para cada grupo de montes o comarca forestal.

El objetivo de estas publicaciones es divulgar el contenido de los proyectos de ordenación de los montes de cada comarca forestal de la Comunidad de Madrid que han sido recientemente ordenados. Para ello se aborda previamente “qué es”, “para qué sirve” y “cuál es” el contenido de un proyecto de ordenación. Posteriormente se proporcionan unas directrices básicas sobre los tipos de formaciones vegetales presentes y los posibles tratamientos selvícolas a aplicar, para dar paso a detallar someramente las características de los proyectos de Ordenación redactados en la comarca. También, si se ha realizado, se incluye una explicación del proceso par ticipativo, así como la exposición de sus resultados principales.

Por último, se exponen una serie de consejos prácticos o conocimientos básicos para que todos los interesados puedan ejercer alguna influencia favorable, por pequeña que sea, sobre la gestión de los montes que disfrutan en el medio natural de sus municipios, y del que estos montes constituyen una parte esencial.

Estas publicaciones se iniciaron en 2007 con la del “Grupo de montes de Cercedilla y Navacerrada”, que en una ordenación conjunta abarcaba doce montes con una superficie de 5.477 ha. El siguiente cuaderno ha sido el de los montes de la comarca forestal XIV (Manzanares el Real, Soto del Real y Miraflores de la Sierra), en el Parque Regional de la Cuenca Alta del Río Manzanares. Por último, está pendiente la presentación del cuaderno de la comarca I, correspondiente al Parque Natural de Peñalara.

Artículo completo con fotografías (páginas de la revista) “Medio Forestal: Ordenación de montes de la Comunidad de Madrid.”
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