La ingeniería y la futura Ley de Servicios Profesionales.

El Instituto de Ingenieros Técnicos de España (INITE ), que agrupa a más de 300.000 profesionales de la ingeniería española, a la vista de determinados documentos que al parecer han circulado en distintos Ministerios referidos a un posible anteproyecto de la Ley de Servicios Profesionales, que afectan, entre otros sectores profesionales, al de la ingeniería, y de los que se ha hecho eco la prensa, manifiesta lo siguiente:

1.º - El sistema español actual sobre las atribuciones profesionales en la ingeniería de segundo ciclo, carente de la ley que regule su actividad, exigida por la Constitución, está sustentado, en general, en normas preconstitucionales de rango infralegal, dictadas  en épocas remotas, y está basado exclusivamente en una relación biunívoca entre la denominación del título universitario y la profesión. Esta situación, junto a una sesgada interpretación de la denominada Ley de Atribuciones de la Arquitectura e Ingeniería Técnica, que también responde a la misma relación biunívoca, ha dado lugar a:
a) Una segmentación horizontal de la ingeniería en distintas ramas y, dentro de cada una de ellas, a otra segmentación vertical, entre la ingeniería y la ingeniería técnica, de tal forma que en la primera cada una de las ingenierías defiende a ultranza su exclusividad frente a otros profesionales de otras ramas y en la segunda esa defensa la ejercita la ingeniería de segundo ciclo frente a la ingeniería técnica. Y todo ello sin más fundamento que la posesión de un determinado título universitario, con desprecio absoluto a la formación continua (cambien o no los conocimientos científicos y tecnológicos) y a la experiencia profesional, y, en algunos casos, a pesar de la carencia de todas las competencias necesarias para la realización de determinados trabajos provocada por la desigualdad que ha existido y existe entre planes de estudios de la misma titulación.

b) El rechazo a otros profesionales, incluso de la misma rama de la ingeniería, para realizar determinados trabajos a pesar de haber adquirido las competencias necesarias en su formación y experiencia.

c) En muchos casos, una situación de monopolio que sólo responde a privilegios corporativistas trasnochados y que resta la necesaria competitividad al mercado, lastrada por los conflictos de atribuciones trasladados a los tribunales con la consiguiente paralización de la actividad correspondiente y generando inseguridad de los profesionales a la hora de realizar su trabajo y de los clientes a la hora de encargarlos.
d) Una clara desventaja de los ingenieros españoles en el ejercicio profesional en la Unión Europea frente a sus homónimos europeos con similar formación ya que, lógicamente, se carece en Europa de aquellas atribuciones que no son reconocidas en el país de origen, restándoles competitividad.

2.º - Es una realidad fácilmente comprobable que nuestros ingenieros han trabajado y trabajan, con mucha frecuencia, en ramas de la ingeniería distintas de las que corresponden a sus títulos, sin distorsiones en el mercado ni hundimiento de los pilares de la Patria como algunos preconizan. Y eso es así porque la sociedad y el mercado han demandado y demandan, cada vez con mayor frecuencia, conocimientos y experiencias en materias que implican a varias ramas de las ingenierías actuales, porque el desarrollo del conocimiento y de la tecnología viene generando una
clara interacción entre ellas y  porque es verdad que, en general, existe un tronco común de formación, que va más allá de solo matemáticas, física y química (como se ha pretendido simplificar), que aporta competencias compartidas y
que, en cualquier caso, permite adquirir con cierta facilidad determinados conocimientos y la experiencia necesaria para ejercer en áreas de otras ramas de la ingeniería.

3.º - Tras la tardía incorporación de los estudios universitarios españoles al Espacio Europeo de Educación Superior, que ha dimanado de la Declaración de Bolonia, la cual preconiza el compromiso de establecer un sistema de formación que permita una convergencia dentro de Europa y que esté en línea con el de los países más competitivos del mundo, los títulos de Grado (desarrollados por las distintas universidades en el uso de su autonomía universitaria, con denominación libre, pero coherente con las competencias que confiere y con su contenido) han de responder a las demandas de la sociedad y han de preparar ingenieros con una formación generalista que les permita entrar en el mercado laboral para, con posterioridad y mediante la necesaria formación continua, basada fundamentalmente en másteres de especialización, poder añadir las competencias necesarias para su desarrollo profesional, adaptándose a sus aspiraciones profesionales o a las demandas del mercado.

Este sistema, que permite que desde un grado se pueda acceder a distintos másteres y desde distintos grados a un mismo máster, puede dar lugar bien a una formación totalmente dedicada a una de las especialidades de las actuales ingenierías o bien a la adquisición de competencias pertenecientes a varias de ellas. Es decir, la adquisición de competencias de un ingeniero en su formación continua tiene un eminente carácter individual, por lo que las atribuciones profesionales no pueden estar ligadas exclusivamente a las correspondientes a un título concreto. Y esto debería ser de plena aplicación al estado actual de las atribuciones profesionales en la ingeniería.

Es rotundamente falso, pues, que con las nuevas titulaciones se degrada la formación en la ingeniería española, como se ha manifestado por algún sector de la ingeniería. Más bien al contrario, con grados de cuatro años y posibles másteres de especialización  de uno a dos años de duración, se obtiene una formación más coherente con las demandas de la sociedad y con el avance del conocimiento y de la tecnología, más flexible para el egresado y permite, además, una efectiva formación continua contrastada de la que se carece actualmente.

4.º - A la vista de lo indicado, sólo la solución que se apunta en el documento de referencia elaborado por el Gobierno es totalmente coherente con la situación de la ingeniería española: en cumplimiento del mandato constitucional que exige regular por ley el ejercicio de las profesiones tituladas, se regula el ejercicio de la profesión regulada de ingeniero y se hace una reserva de actividad para esa profesión que consiste en que los titulados universitarios en ingeniería tendrán reconocidas las facultades y estarán habilitados para realizar todas las actividades propias de la ingeniería, cualquiera que sea la rama o especialidad de ésta.

5.º - Ante el demagógico ataque que a tal solución se le realiza y que se centra en que la “irresponsabilidad” de los ingenieros españoles conducirá a hacer lo que no se sabe hacer o a hacerlo mal, cabe decir que:
a) El nuevo sistema aboga, como en muchos países, por la responsabilidad que se asume cada vez que se firma un proyecto como mecanismo de autocontrol y mitigador del riesgo de una actuación negligente.
b) El seguro de responsabilidad civil y la compañía aseguradora también actúa como elemento mitigador del riesgo citado.
c) El cliente puede y debe asegurarse de las verdaderas competencias del ingeniero elegido, que tendrá que refrendarlas, en su caso, con el “suplemento europeo al título” o currículo contrastado.
d) El cliente tiene, además, a su disposición el visado del trabajo encargado como una garantía adicional.
e) Se implantará y extenderá con facilidad la cultura de la elección del profesional a contratar, de la misma manera que ya la sociedad la ha asumido plenamente en el caso de otros profesiones.

6.º - La profesión de ingeniero no está regulada en muchos países, lo que significa que la posesión de un título de ingeniero no es una condición legalmente exigida para el ejercicio de la profesión. En Europa, sólo lo está de forma estricta en Chipre, Grecia, Italia, Por tugal y España; lo está en menor intensidad en otros seis países y no lo está o lo está mucho más próximo a la no regulación en otros dieciséis.

7.º - No hay que confundir la profesión con las especialidades, que podrán ser variadas y también de nueva creación, de la misma manera que no hay que confundir titulación universitaria con profesión. Por ejemplo, en el mundo de la medicina la profesión es médico y especialidades hay muchas ninguna de las cuales tiene el carácter de profesión independiente.

En definitiva, la solución que para la regulación de la ingeniería se recoge en los documentos citados referidos a la Ley de Servicios Profesionales no sólo elimina la insostenible situación actual sino que, con ella, se estará más en la línea de los sistemas de regulación europeos y de los países más avanzados del mundo, se incrementará notablemente la competitividad de los ingenieros españoles, tanto en nuestro país como en el exterior, y se eliminará la conflictividad que actualmente produce el reparto de atribuciones, con la consiguiente paralización de la actividad económica, aportando mayor seguridad a los profesionales a la hora de realizar su trabajo y a los clientes a la hora de encargarlos. Todo ello ha de redundar en beneficio de los usuarios y en una mayor eficiencia de los recursos profesionales de la ingeniería española y se da, al mismo tiempo, respuesta a las recomendaciones de diversos organismos internacionales sobre la necesidad de eliminar restricciones a la competencia en los servicios profesionales.

Madrid, Febrero de 2011

Artículo completo con fotografías (páginas de la revista) “Noticias forestales: La ingeniería y la futura Ley de Servicios Profesionales.”
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