Certificación de la calidad cinegética: criterios e indicadores.

Colaboraciones tecnicas 1 Certificacion de la calidad cinegetica criterios e indicadores
María Luisa Mesón García, Bióloga.
José Miguel Montoya Oliver, Ingeniero de Montes.
Jesús Alcanda Vergara, Ingeniero Técnico Forestal.

Desde una perspectiva puramente técnica y aplicada, se proponen los cuatro criterios imprescindibles y los 24 indicadores básicos asociados a los mismos (fácilmente verificables todos ellos) que globalmente constituyen los estándares específicos mínimos precisos para calificar la forma de cazar en un perímetro dado. No cabe hablar de “calidad cinegética” si no se cumplen rigurosamente todos estos criterios e indicadores, y muy especialmente, el de máxima ponderación: el criterio 1. En otras palabras, si no se evalúan con rigor y precisión técnica la presión real de caza, la valoración económica del coto y las jornadas de disfrute generadas, no cabe hablar nunca de una certificación de calidad.

INTRODUCCIÓN.
Dos son las limitaciones técnicas que vienen dificultando el establecimiento de un buen sistema de certificación cinegética:

1.ª La ausencia de las herramientas técnicas precisas para el cálculo de las citadas estructuras biológicas. Básicamente de: a) presión de caza, b) valor gestionado, y c) evaluación social. En otras palabras: viabilidad ecológica, viabilidad económica y viabilidad social del manejo cinegético.

2.ª La urgencia de desarrollar Modelos de Certificación Cinegética, aplicables con unos costes proporcionales y racionales, respecto al valor económico real de la actividad y de la rentabilidad efectiva de la misma Certificación Cinegética. En otras palabras: ¿Puede hacerse? ¿Merece la pena? La informatización de los procesos es clave para el abaratamiento y mejor rentabilidad de los procesos de certificación.

Son demasiadas las propuestas que se pierden en cuestiones accesorias y superfluas, sin dar prioridad a los elementos esenciales que conforman una gestión cinegética de calidad y sin la guía de un normal principio de economía. En otras palabras: razones de oportunidad y políticas se vienen imponiendo sobre los argumentos técnicos. Reconociendo pues que pocas veces pueden ser las técnicas las únicas razones a tener en cuenta, nos centraremos ahora en los fundamentos metodológicos y técnicos básicos referentes a esta certificación.

Para facilitar estos objetivos técnicos, sin los cuales, insistimos, no existe certificación cinegética ni puede haber sino meros simulacros de la misma -todos ellos siempre de muy alto riesgo para la conservación del medio natural-, hemos elaborado los procesos informáticos precisos y los itinerarios y procedimientos adecuados para un correcta aplicación externa, fácilmente controlable, igualitaria y fácilmente comprobable. Describiremos aquí los contenidos conceptuales esenciales.

LOS CUATRO CRITERIOS BÁSICOS.
En materia de Ordenación de los Recursos Naturales Renovables, se entiende por Plan Especial al conjunto de las intervenciones que, por acción o por omisión, serán llevadas a cabo durante el periodo de ordenación. Habitualmente se reconoce dentro de los Proyectos de esta naturaleza un único Plan Especial, en el que se engloban en un solo bloque todas las actuaciones previstas: por tanto, un único “Plan de Intervención”. Pero por razones de equilibrio interno de Proyecto, especialmente en lo que concierne al esfuerzo de gestión y al equilibrio presupuestario, recomendamos siempre diferenciar, dentro de un buen Plan Especial, cuatro diferentes tipos de Planes Especiales. En materia de certificación cinegética, cada uno de ellos equivale a un Criterio. Por tanto, los criterios de certificación de la calidad de un manejo cinegético que proponemos son cuatro:

1- Plan Especial de Usos y Aprovechamientos.
2- Plan Especial de Gestión e Infraestructuras.
3- Plan Especial de Fomento.
4- Plan Especial de Control y Seguimiento.

Con la acción integrada de estos cuatro planes especiales se aspira a compatibilizar las intervenciones a ejecutar con la restauración y la conservación de las poblaciones naturales en un estado, ideal y predefinido, al que calificamos de “normal” o “sostenible”. Sostenibilidad multifacética, básicamente: en lo legal, en lo ecológico, en lo económico, en lo social y en lo técnico. Se trata en todos los casos de hacer converger -progresivamente y a lo largo del que denominamos “plazo de normalización”- la situación actual inventariada (Inventario) hasta los objetivos de largo plazo establecidos en el “Plan General” del Proyecto de Ordenación Cinegética.

Criterio 1.º Plan de Usos y Aprovechamientos.
Este Criterio evalúa las actuaciones de uso y de aprovechamiento. Se incluyen en el mismo tanto las intervenciones de aprovechamiento propiamente dichas como las de “uso sin aprovechamiento” (por ejemplo el recreativo, el ambiental o el de conservación de especies), y también las actuaciones de “mejora de poblaciones” que, realizándose sobre áreas sujetas a manejo, puedan dar lugar, eventualmente, a subproductos tangibles, captables y teóricamente comercializables.

Criterio 2.º Plan de Gestión e Infraestructuras.
Este criterio evalúa:
• Las intervenciones de gestión: mejoras que se efectúan en lugares, en momentos, en cuantías o con técnicas de carácter excepcional (no comunes o programables).

• También las que se ejecuten sobre áreas segregadas o “fuera de ordenación” (Por ejemplo, reservas).

• Se incluyen además las mejoras patrimoniales (defensa y señalización de la propiedad) y las obras e infraestructuras destinadas a abaratar los costes de aprovechamiento o intervención o a mejorar las condiciones de ejecución y calidad de los trabajos y aprovechamientos.

• También las relacionadas con la seguridad de los recursos: vigilancia y protección frente a accidentes y agentes dañinos (furtivismo, enfermedades, incendios, plagas, etc.) y las condiciones laborales de los trabajadores.

• Igualmente, los fondos previstos y las normas a seguir sobre los imprevisibles e imprevistos de gestión.

Criterio 3.º Plan de Fomento.
Este criterio evalúa las intervenciones de mejora propiamente dichas:
• Las dirigidas a la mejora de las condiciones productivas y de calidad de estación; es decir, de la potencialidad y seguridad productiva, estacional y poblacional (fomento o mejora del biotopo y de sus poblaciones).

• Intervenciones de mejora de las poblaciones que, a diferencia de las que se incluyen en el Plan de Usos y Aprovechamientos, no generan bienes o subproductos potencialmente comercializables.

Criterio 4.º Plan de Control y Seguimiento.
• Se basa en el control de las ejecuciones reales y en el seguimiento del progreso del manejo técnico y de las poblaciones biológicas para la consecución del estado de normalidad y posterior conservación de éste.

• Igualmente en el control de derechos y deberes de los usuarios.

INDICADORES DE LOS CRITERIOS.
Entendemos por indicadores a los elementos a evaluar dentro de cada uno de los cuatro criterios básicos.

Criterio 1.º Plan de Usos y Aprovechamientos.
Indicador 1.1. Adecuación a los criterios oficiales
Cumplimiento de las normas administrativas y legales sobre la ejecución práctica de los aprovechamientos. Cuando existan razones técnicas para la modificación de estas normas, deberán proponerse éstas como excepción, y dentro del Plan de Gestión e Infraestructuras.

Indicador 1.2. Presión de Caza a aplicar próxima a uno
Cazar bien es la primera condición que debe cumplirse en un buen manejo cinegético. Para ello, cuantificar técnicamente la presión de caza resulta imprescindible. Por presión de caza se entiende el cociente entre el número de unidades de cosa cierta realmente ejecutadas y el número de unidades de cosa cierta que constituyen la posibilidad de un coto. No cabe hablar de caza sostenible cuando la presión de caza no se calcula, o si la presión que se ejerce sobre las poblaciones cinegéticas resulta abusiva o escasa:
• Si es abusiva, se estarán produciendo daños en la población misma, en su densidad, en su rendimiento, en su estabilidad e incluso en su etología.
• Si es escasa, se estarán produciendo un claro despilfarro de los recursos y muy escasas jornadas de cazador, y es probable que se acaben produciendo daños en el medio, sobre la vegetación o sobre otras especies animales.

Indicador 1.3. Evaluación social y económica
A una presión de caza correcta y bien definida corresponde un determinado número de jornadas de cazador (aspecto social esencial) y una determinada valoración (y consecuentemente, unos presupuestos). Obviamente, sin la evaluación de estos aspectos tan esenciales, el Proyecto de Ordenación Cinegética carece de sentido. Pretender
certificar un manejo sin estos datos resulta ilusorio. No puede hablarse de calidad al margen de una sana economía, capaz de garantizar y mantener el funcionamiento endógeno del sistema, ni tampoco cuando el manejo no genera los bienes sociales requeridos o induce a conflictos de naturaleza social.

Indicador 1.4. Evaluación de la naturalidad
Un manejo cinegético de calidad debe caracterizarse esencialmente por su naturalidad. Ésta exige como condición básica que la reproducción sea entre animales silvestres y debidamente integrados en su entorno: adecuación y difidencia. Los cercados artificiales, así como la práctica de cacerías reforzadas, al título que sea, con ejemplares procedentes de cría en cautividad, deben considerarse como un serio fallo en la calidad del manejo. Estos escenarios de caza deberían someterse a sistemas de certificación diferenciados como tales.
Cuando existan razones técnicas para la aplicación de repoblaciones, sueltas o traslocaciones, se propondrán éstas como excepción, y siempre dentro del Plan de Gestión e Infraestructuras.

Criterio 2.º Plan de Gestión e Infraestructuras.
Indicador 2.1. Adecuación a los criterios oficiales de las prácticas de gestión
Determinadas prácticas de gestión deben ser previamente autorizadas por la administración pública. Frecuentemente, ésta impone unos Pliegos de Condiciones concretos para regular la intervención. Obviamente, los criterios a seguir deben ser conformes a estas autorizaciones.

Indicador 2.2. Compromiso y aplicación íntegra del Plan de Gestión solicitado
Es muy frecuente en la práctica de campo la solicitud de excepciones que no son realmente necesarias. El compromiso y aplicación íntegra del Plan de Gestión presentado debe ser por ello explícito.

Indicador 2.3. Aceptación de criterios oficiales sobre prácticas de Guardería. Ausencia de conflictos en la materia
Debe aceptarse de forma expresa y sobre el terreno las normas administrativas a seguir en materia de guardería y, en su ausencia o además, de las buenas normas del arte de la guardería cinegética (medios humanos y materiales). La ausencia de denuncias y conflictos en la materia y con el entorno circundante resulta esencial en un manejo de calidad.

Indicador 2.4. Fondo de Guardería acorde con la valoración resultante
El esfuerzo global en guardería (medios humanos y materiales) debe ser siempre proporcionado a la entidad económica del espacio cinegético, aspecto a justificar que exige la previa valoración del manejo previsto.

Indicador 2.5. Fondos para amortización y mantenimiento de infraestructuras cinegéticas acordes con las necesidades y potencialidades
Las infraestructuras cinegéticas se adecuarán a las necesidades y potencialidades económicas del coto. No pueden ser ni excesivas ni escasas. Las excesivas suelen significar impactos ambientales y gastos insoportables de amortización y mantenimiento. Las escasas pueden llegar a desvalorizar en exceso el aprovechamiento cinegético.

Indicador 2.6. Aceptación de criterios oficiales sobre titularidad, gestión técnica, imprevisibles e imprevistos. Ausencia de conflictos en la materia
La Administración Pública exige el mantenimiento de una determinada documentación y el abono de unos impuestos y tasas, así como la adecuada señalización del coto.

Indicador 2.7. Fondo de Titularidad, gestión técnica, imprevisibles e imprevistos acorde con la valoración total finalmente resultante y con las necesidades reales
La titularidad cinegética, que genera la renta cinegética, impone también una serie de gastos como licencias, impuestos, entablillado, Plan Técnico…, así como la obligación de asumir determinados imprevisibles e imprevistos. Todo ello debe plasmarse en unos fondos
racionales y proporcionados.

Indicador 2.8. Aceptación de criterios oficiales sobre prácticas de Riesgos y Daños. Ausencia de conflictos en la materia
Es impor tante recordar que los riesgos y daños constituyen costes que deben ser previstos y abordados, por obligar a ello la Ley. En nuestros días, los conflictos en vías de comunicación y los costes de seguro asociados llegan a ser determinantes en el buen manejo cinegético de algunos espacios.

Indicador 2.9. Fondo de Riesgos y Daños acorde con la valoración resultante
Los daños en la agricultura, montes, vías de comunicación y otras especies animales o vegetales deben ser debidamente previstos y, en su caso, asegurados e incluso indemnizados. Siempre deben preverse fondos bastantes para la viabilidad de estos aspectos, tantas veces conflictivos. Si estos costes se hacen insoportables para la sana economía de un coto, pueden y deben solicitarse medidas de gestión excepcionales por razón de estos mismos daños; pero en caso contrario, deben indemnizarse con cargo a los propios fondos.

CRITERIO 3.º Plan de Fomento.
Indicador 3.1. Aceptación de criterios oficiales sobre prácticas de Mejoras. Ausencia de conflictos en la materia
Aceptación expresa y aplicación de los criterios oficialmente seguidos.

Indicador 3.2. Fondo de Mejoras acorde con la valoración total resultante y con las potencialidades de mejora
Las mejoras constituyen costes que deben ser previstos y abordados por la titularidad. La distribución del presupuesto tiene que ser acorde con las mejores prácticas técnicas recomendables.

CRITERIO 4.º Plan de Aplicación, Control y Seguimiento.
Indicador 4.1. Compromiso y entrega de Memoria y Plan Anual a la Administración y a los usuarios
Plan Anual y Memoria anual son en la actualidad documentos exigidos por las buenas normas administrativas de control y seguimiento de las ordenaciones cinegéticas. Son a su vez esenciales para la seguridad jurídica de los usuarios. No obstante, es frecuente que no sean informados en este sentido los: resultados obtenidos y las actuaciones a realizar.

Indicador 4.2. Tarjetas o autorizaciones de caza, numeradas y nominativas
Entre las unidades de cosa cierta, la autorización o tarjeta numerada, y en lo posible personal e intransferible, es un medio de control muy relevante. Sólo así puede controlarse realmente una ordenación y es la única manera de garantizar ante el usuario el número total de cazadores con los que compartirá el coto.

Indicador 4.3. Calendario de caza anual declarado a las autoridades y entregado a todos los cazadores
El calendario de días hábiles para el aprovechamiento es una herramienta de control de la máxima eficacia. Permite un claro control de las “unidades de cosa cierta” establecidas por la ordenación.

Indicador 4.4. Pliegos de condiciones de caza recibido por cada cazador
La existencia de normas de caza a seguir en lo que concierne a número de permisos, días hábiles, cupos, horarios, limitaciones técnicas, etc. es necesaria para el control y seguimiento del manejo cinegético. Tanto la administración pública como los cazadores deben conocer con precisión estos Pliegos.

Indicador 4.5. Derechos y Obligaciones de los Usuarios. Régimen sancionador establecido
Así mismo, deben existir unas normas claras y explícitas para evitar actuaciones abusivas sobre los usuarios o cazadores, o al contrario, por parte de éstos, para, una vez que se hayan producido éstas, sancionarlas adecuadamente.

Indicador 4.6. Acuerdo previo de aplicación de indicadores de alerta en el Plan Anual
La existencia de años buenos y malos para la cría de las especies fuerza al establecimiento de mecanismos preventivos de “alerta”. Con independencia de las previsiones iniciales de todo Proyecto (indudablemente, con ciertas componentes “proféticas”), el aprovechamiento debe cesar en cuanto se comprenda que está afectando al capital vivo (poblaciones residuales) y no a sus rentas previstas (poblaciones excedentes).

Indicador 4.7. Aplicación de precintos o controles efectivos de caza en número de piezas
Las capturas reales son un dato muy relevante en el establecimiento de censos, en el análisis de progreso o regresión de las poblaciones y en todas las posibles valoraciones cinegéticas, económicas y sociales. El control y el seguimiento de las mismas es indispensable. Aunque suele ser más frecuente el uso de precintos en la caza mayor que en la menor, el marcado o la visualización directa de resultados puede ser esencial a efectos de control y seguimiento de la ordenación.

Indicador 4.8. Revisión continua del estado de conservación de las poblaciones cinegéticas, de las especies protegidas y de los cultivos y sotobosques
Debe controlarse cualquier conflicto de compatibilidad con otros valores ambientales, usos y usuarios del mismo espacio. Los controles en este sentido son esenciales. En cotos de caza mayor debe existir una metodología que evalúe el estado de los sotobosques leñosos
y evaluar así el censo de reses.

Páginas de la revista “Colaboraciones Técnicas: Certificación de la calidad cinegética: criterios e indicadores.”
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